Gobierno implementa Decreto Supremo N° 5763 para compensar a YPFB
El Gobierno de Bolivia ha puesto en marcha el Decreto Supremo N° 5763 con el fin de ofrecer una compensación económica a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) por los costos relacionados con la compra de etanol anhidro. Esta medida surge como respuesta al encarecimiento del Diésel Oíl, que ha repercutido en el costo de producción de caña de azúcar y otros insumos utilizados en la creación de aditivos vegetales, en un intento de evitar que estos incrementos afecten el precio final de la gasolina para los usuarios.
El Decreto fue promulgado el 3 de noviembre de 2026 en el Palacio de Gobierno. Su implementación está orientada a cubrir los costos adicionales que ha enfrentado YPFB en la compra de etanol anhidro, lo que se considera crucial para mantener la estabilidad del precio en el mercado.
La norma autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a emitir Notas de Crédito Fiscal (NOCRES) que serán endosadas a favor de YPFB, compensando a la empresa con un monto de Bs 0,41 por cada litro de etanol anhidro adquirido. Este cálculo se realizará multiplicando el precio fijo de Bs 0,41 por el volumen de gasolinas que contenga mezcla de Aditivos de Origen Vegetal vendida en el mes correspondiente.
Además, se ha permitido a YPFB establecer temporalmente un valor de Bs 1,96 por litro —que incluye el IVA— a través de contratos modificados con los proveedores de Aditivos de Origen Vegetal, en respuesta a los sobrecostos generados a lo largo de la cadena de producción.
Para ejecutar la transferencia de recursos, YPFB debe presentar la documentación correspondiente al Ente Regulador de Hidrocarburos, que tendrá un plazo de cinco días hábiles para emitir la resolución administrativa que regule el procedimiento de verificación y certificación. Posteriormente, YPFB podrá solicitar la entrega de las NOCRES al Ministerio de Economía.
Este Decreto también se fundamenta en la Ley N° 3058 de Hidrocarburos, la Ley N° 1098 sobre la producción de Aditivos de Origen Vegetal, y los Decretos Supremos N° 5516, N° 5652 y N° 5716 que regulan los precios de los carburantes en el país. La ejecución de esta política energética queda bajo la supervisión del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, así como del Ministerio de Hidrocarburos y Energías.