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Economía

Restricciones en la venta de diésel por estaciones de servicio en Santa Cruz

EconomíaPor Jhoselin Noza

La Asociación de Estaciones de Servicio de Santa Cruz (Asosur) ha notificado a sus miembros que, en cumplimiento del Decreto Supremo N.º 5676, se prohíbe la venta de más de 120 litros de diésel mensuales por cliente, siempre que el combustible sea destinado a almacenamiento fuera del tanque del vehículo.

Este límite solo se aplica a las ventas destinadas a almacenaje, y no afecta a la carga de combustible directamente en los tanques de los vehículos. Esto implica que si un cliente desea adquirir diésel para uso personal, deberá ajustarse a este nuevo requisito.

El decreto también establece diferentes categorías de consumidores que dependen del volumen de combustible que requieran mensualmente. Los Usuarios Directos, por ejemplo, deberán comprar combustible directamente en las plantas de almacenamiento de YPFB, mientras se realizan las adaptaciones necesarias en los sistemas de facturación.

Por lo tanto, los usuarios que necesiten adquirir grandes volúmenes de diésel no podrán simplemente ir a una estación de servicio y solicitar el combustible en bidones o tanques, especialmente si superan el límite establecido.

Esta medida es parte de un plan del Gobierno para regular la comercialización de diésel y así evitar el desvío del combustible, además de controlar el uso de los carburantes subvencionados. El DS 5676 incluye un precio referencial de Bs 18 por litro para compradores directos y grandes consumidores, mientras que se mantendrá el precio regulado para el uso habitual.